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Requisitos:
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Ser persona jurídica o natural que participe activamente en la logística, mantener
actividades productivas, de comercio exterior o conexas al comercio exterior, de
prestación de servicios.
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Tener antecedentes comerciales y legales en su país de origen como en el
exterior, que acrediten la honestidad y rectitud personal y comercial de las
personas naturales y jurídicas; Así mismo no tener ningún antecedente criminal
en su país de origen o en el exterior, o en ningún caso ser considerado por
autoridad nacional o extranjera como persona sospechosa o de dudosa
reputación legal o criminal
Descargue el Formulario de Auto Evaluación.
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Procedimiento:
- Presentar a la Oficina BASC la solicitud de Admisión y los documentos legales
exigidos por el mismo. Proporcionar cualquier información o documentación que le
sea requerida para los fines de evaluación y calificación de la solicitud de admisión.
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De acuerdo al análisis documental la junta o comisión respectiva decide la
continuación o no del proceso de afiliación. En caso que la solicitud sea aprobada se
coordinará la realización de una auditoria de seguridad en donde se verifican los
estándares mínimos exigidos por el BASC. El equipo auditor elaborará un informe
escrito con las recomendaciones pertinentes
-
Con base en los resultados de la auditoria, el Capítulo BASC o el Comité de
Evaluación clasificará la empresa y decidirá el ingreso o no del solicitante como
asociado BASC. Estas podrán clasificarse de la siguiente forma:
Certificados: Aquellas empresas que cumplan con los estándares mínimos de
seguridad establecidos por el BASC.
Preseleccionados o en proceso: Aquellas empresas que deberán implementar los
estándares mínimos exigidos por el BASC. Se establece entre las partes un tiempo
determinado, para la verificación de su implementación y re-clasificación.
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Aprobado el ingreso de la compañía al BASC, la empresa se compromete a seguir
las políticas establecidas por el Capítulo BASC Costa Rica y la Organización
Mundial BASC (WBO)

La certificación deberá tener un plazo determinado para lo cual las compañías deberán ser
evaluadas anualmente, con el objetivo de mantener altos niveles de prevención y seguridad
de las empresas afiliadas.
La asociación no tiene obligación de explicar o dar cuenta de sus decisiones de noconformidad
o desaprobación de las solicitudes de admisión.
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