Requisitos:

  1. Ser persona jurídica o natural que participe activamente en la logística, mantener actividades productivas, de comercio exterior o conexas al comercio exterior, de prestación de servicios.
  2. Tener antecedentes comerciales y legales en su país de origen como en el exterior, que acrediten la honestidad y rectitud personal y comercial de las personas naturales y jurídicas; Así mismo no tener ningún antecedente criminal en su país de origen o en el exterior, o en ningún caso ser considerado por
    autoridad nacional o extranjera como persona sospechosa o de dudosa reputación legal o criminal

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Procedimiento:

  1. Presentar a la Oficina BASC la solicitud de Admisión y los documentos legales exigidos por el mismo. Proporcionar cualquier información o documentación que le sea requerida para los fines de evaluación y calificación de la solicitud de admisión.
  2. De acuerdo al análisis documental la junta o comisión respectiva decide la continuación o no del proceso de afiliación. En caso que la solicitud sea aprobada se coordinará la realización de una auditoria de seguridad en donde se verifican los estándares mínimos exigidos por el BASC. El equipo auditor elaborará un informe escrito con las recomendaciones pertinentes
  3. Con base en los resultados de la auditoria, el Capítulo BASC o el Comité de Evaluación clasificará la empresa y decidirá el ingreso o no del solicitante como asociado BASC. Estas podrán clasificarse de la siguiente forma:

    Certificados: Aquellas empresas que cumplan con los estándares mínimos de seguridad establecidos por el BASC.

    Preseleccionados o en proceso: Aquellas empresas que deberán implementar los estándares mínimos exigidos por el BASC. Se establece entre las partes un tiempo determinado, para la verificación de su implementación y re-clasificación.
  4. Aprobado el ingreso de la compañía al BASC, la empresa se compromete a seguir las políticas establecidas por el Capítulo BASC Costa Rica y la Organización Mundial BASC (WBO)

La certificación deberá tener un plazo determinado para lo cual las compañías deberán ser evaluadas anualmente, con el objetivo de mantener altos niveles de prevención y seguridad de las empresas afiliadas.
La asociación no tiene obligación de explicar o dar cuenta de sus decisiones de noconformidad o desaprobación de las solicitudes de admisión.

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